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Declaración de Aduanas Las operaciones aduaneras deben ser solicitadas, declaradas y autorizadas por escrito, salvo cuando normas expresas admitan las manifestaciones verbales.

Depositario: La persona que recibe la mercadería para su almacenamiento en el curso de ejecución de un contrato de transporte multimodal.

Depósito Aduanero: Son espacios cerrados o abiertos (ramblas), cercados, lanchas y pontones (depósitos flotantes), donde las mercaderías son almacenadas con autorización de la Aduana. Las mercaderías extranjeras se considerarán en tránsito por el territorio aduanero nacional y podrán embarcarse y reembarcarse en cualquier momento libreas de tributos de importación o exportación y de cualquier impuesto interno.

Desconsolidación: Proceso de desagrupamiento de cargas parciales con destino a su distribución a los respectivos consignatarios.

Desconsolidación (Break-Bulk): La separación de una sola carga a granel consolidada en embarques individuales más pequeños para entrega a los últimos consignatarios.

Despachante de Aduanas: El profesional autorizado para efectuar la tramitación ante la Dirección Nacional de Aduana (DNA)

Despacho de las mercaderías: Declaración de mercaderías es el acto cumplido la forma prescrita, mediante el cual, el solicitante de una operación aduanera comunica a la Aduana, los elementos del hecho para la aplicación de un régimen aduanero determinado.

Despacho de tránsito aduanero – DTA: Modalidad que se instrumenta cuando la mercadería transportada no realiza trámites de despacho a plaza en la primera aduana de entrada al país, siendo liberada en una aduana interior. En ese caso, el MIC y el DTA se integran en un solo formulario conocido como MIC/DTA.

Despliegue de inventario: Una técnica para posicionar inventario estratégicamente para cumplir los niveles de servicio al cliente mientras de minimiza el inventario y los niveles de almacenamiento. El inventario en exceso se reemplaza con información derivada a través de la supervisión del suministro, demanda, e inventario en reposo así como en movimiento.

Destinatario: La persona a la que se le envían mercaderías, según lo estipulado en el correspondiente contrato

Día de arriendo: La unidad básica usada para medir las proporciones de utilización de flotilla por compañías que están en el negocio de alquilar vehículos. El número total de días del arriendo registrado por las compañías de arriendo de camión comerciales es un indicador que mide la necesidad incremental del negocio para enviar productos.

Dirección de la cadena de suministro (SCM <Supply Chain Management>): La dirección y mando de todos los materiales, fondos e información relacionada en el proceso de la logística desde la adquisición de materias primas a la entrega de productos acabados al usuario final.

Dirección de los recursos: Una competencia que abarca la especificación, compra, dirección, mantenimiento y disposición de los vehículos en el momento apropiado, con el fin de aumentar el retorno sobre la inversión.

Documento de transporte multimodal: El instrumento que hace prueba de la celebración de un contrato de transporte multimodal y acredita que el operador de transporte multimodal ha tomado las mercaderías bajo su custodia y se ha comprometido a entregarlas de conformidad con las cláusulas del contrato

Draw-Back: Régimen aduanero en virtud del cual se restituyen, total o parcialmente los importes que se hubieran pagado en concepto de tributos que gravaron la importación de consumos, siempre que la mercadería fuera exportada para consumo.

DUA (Documento Unico Aduanero):   Es la declaración jurada de las mercaderías en las operaciones de entrada, salida y tránsito que se realiza ante la Dirección Nacional de Aduana (DNA). Este trámite lo realiza en Despachante de Aduana a través de las redes de Valor Agregado aprobadas por la DNA.

 

 

 
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